ESTRUCTURA DE UNA COOPERATIVA
La estructura de una cooperativa depende de los organismos de administración y control que la compongan, así como de los elementos que intervienen en su aspecto operacional.
Una cooperativa pequeña sin un calendario regular de servicios diarios, tiene una estructura simple. Esto se hace más complejo a medida que la cooperativa crece y aumenta sus servicios.
En la estructura de una cooperativa podemos señalar atendiendo a la línea de autoridad entre otros órganos a:
- Asamblea general (de socios o delegados)
- Consejo de administración
- Comité de crédito
- Consejo de vigilancia
- Comité de educación
- Gerente
- Empleados
1- La Asamblea General: es la máxima autoridad de una cooperativa, esta traza la política general de la sociedad; elige los órganos de administración y control en quienes delega autoridad; evalúa periódicamente los resultados de la labor socioeconómica, reuniéndose todos los años y se denomina Asamblea General Ordinaria, de donde salen las recomendaciones de lugar para el mejor funcionamiento de la sociedad. Cuando el caso lo requiera se pueden reunir más de una vez al año constituyéndose en la Asamblea General Extraordinaria.
2- Consejo de Administración: elegido por la Asamblea General, es el órgano ejecutivo de la cooperativa, encargado de administrarla por delegación de la asamblea. Este consejo debe: trazar una política definida de los servicios a prestar; elaborar un presupuesto anual de ingresos y egresos para determinar con claridad el costo de los servicios; elaborar la política de crédito y asegurarse de que esta responde a la realidad de la cooperativa; preservar el dinero de cooperativa, mediante seguros de fianza a los empleados y funcionarios que manejan ese dinero.
3- Comité de Crédito: también elegidos por la Asamblea General, es quien decide en todas las solicitudes de prestamos aprobándolas o rechazándolas. Este Comité compuesto por tres miembros tiene que estudiar detenidamente todas las solicitudes de préstamos, para asegurarse que el dinero beneficiará al socio y a su familia empleándolo en necesidades sentidas o fines productivos. Para conceder un préstamo deberá tener la aprobación de los tres miembros presentes; aunque dos hacen quórum y con esto también se aprueba.
La mayor responsabilidad de un Comité de Crédito está en educar a los socios en el momento de efectuar un préstamo, de manera que ese dinero le resuelva los problemas del socio, así como que su recuperación sea real y efectiva.
4- Consejo de Vigilancia: compuesto por tres miembros elegidos por la asamblea. Como su nombre lo indica tiene por misión fiscalizar, supervisar todos los asuntos de la cooperativa; vigilar el aspecto administrativo, velar porque la cooperativa marche cada día mejor y alcance los objetivos que inspiraron su formación, así como el fiel cumplimiento de los estatutos.
Vigilancia tiene todas las puertas abiertas para revisar las diferentes operaciones de la cooperativa y conocer de las resoluciones, acuerdos, planes y programas a desarrollarse así como a emitir sus opiniones en relación a todo lo que se hace.
5- Comité de Educación: este comité planifica la educación de su cooperativa, de tal forma que lleve las necesidades de la misma a un orden prioritario. Esta ecuación no sólo debe ser cooperativa, sino de cultura general y deberá llegar a todos los niveles: dirigentes, socios, empleados, comunidad. La educación será constante y bien planificada para que solidifique la base en que ha de levantarse la cooperativa.
6- Gerente: cuando la cooperativa presta servicios diarios, deberá el Consejo de Administración nombrar un gerente o administrador, quién pondrá en marcha esos servicios cumpliendo con las disposiciones del Consejo de Administración.
7- Empleados: el Consejo de Administración autorizará al Gerente a que seleccione y recomiende los empleados necesarios para la realización de un mejor trabajo, de acuerdo a las necesidades de la cooperativa, su posibilidad y la complejidad de trabajo que haya.
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